Taxistas con unidades 2005 y anteriores no podrán circular a partir de mañana

POR: Excélsior el Mar, 02 de Junio de 2015, 04:22 pm

Los propietarios de taxis 2005 y anteriores deberán sustituir sus unidades cada diez años. Foto Cuartoscuro/Archivo
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A fin de garantizar mejores condiciones de seguridad, calidad en el servicio y contribuir a la disminución de contaminantes, los propietarios de taxis 2005 y anteriores deberán sustituir sus unidades cada diez años tomando como referencia la fecha de fabricación de cada vehículo.

 

10 años después de la fecha de fabricación es el tiempo de vida para un vehículo de servicio público 

 

Por lo consiguiente a partir de mañana podrán adherirse a un programa de apoyo consultando la convocatoria que se publica, a través de la página de Internet: http://www.taxi.df.gob.mx/sustitución/, tomando en consideración que la fecha límite para este trámite es el 13 de noviembre de 2015.

 

Los dueños de estas unidades deberán cumplir con las características, especificaciones, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que fueron publicados en laGaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de agosto de 2014.

 

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Foto: Atracción 

 

A partir de este miércoles los concesionarios de taxis que tengan vehículos modelo 2004 o anteriores, no podrán circular ni prestar el servicio o, de lo contrario se harán acreedores a una multa de cincuenta y siete días de salario mínimo y remisión de la unidad al depósito.

 

Los dueños de estas unidades podrán optar por una de las tres modalidades de apoyo que se brindarán:

  1. Financiamiento que sería otorgado por las instituciones financieras participantes.
  2. Apoyo económico de 25 mil pesos por parte de la Secretaría de Movilidad.
  3. Apoyo económico y financiamiento de 25 mil pesos que serían otorgados por la Secretaría y por las instituciones financieras participantes.

 

Los concesionarios que cumplan con los requisitos legales y financieros necesarios y resulten acreedores al otorgamiento del crédito, deberán resguardar el Título Concesión o documento idóneo que acredite la titularidad en el Registro Público del Transporte, hasta que se concluya el pago del crédito y la institución financiera dé aviso por escrito a la Secretaría de Movilidad.

 

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