¿Qué pasa si eres foráneo y cometes una infracción al nuevo Reglamento de Tránsito del DF?
POR: Alfredo Guzmán el Mar, 08 de Diciembre de 2015, 05:26 pm
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Alfredo Guzmán | Colaborador
Apasionado de las cosas curiosas, la historia y los personajes que existen detrás de un automóvil. Licenciado en Comunicación y Periodismo por la UNAM. Amante de los viajes inesperados en fin de semana, el café y el chocolate amargo.
Ante los cambios en el Nuevo Reglamento de Tránsito que comenzará a aplicarse oficialmente el 15 de diciembre, existía la duda sobre los autos foráneos o de otra ciudad que circulan en la Ciudad de México y comentan una infracción.
De acuerdo con el artículo 62 del reglamento, el agente de tránsito que esté capacitado y permitido para infraccionar podrá aplicar la multa correspondiente a la falta cometida.
Además tendrá la facultad de retirar la placa delantera del vehículo o retener la licencia de conducir y tarjeta de circulación del vehículo con matrícula de otra entidad o país hasta que el pago sea realizado.
Estos son los 10 secretos del nuevo Reglamento de Tránsito del DF.
El pago de la multa se puede realizar en:
»» Las Oficinas de la Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal de la Secretaría de Finanzas.
»» En los centros autorizados para este fin, incluyendo medios electrónicos de pago.
»» Y con el agente que impuso la infracción en caso de que cuente con el equipo electrónico portátil (Hand held).
Así, al pagar la multa correspondiente, la documentación será devuelta en las oficinas de Seguridad Pública.+
Mira en esta infografía las multas y sus precios en el Nuevo Reglamento de Tránsito.
#AG
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Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista, mas no la ideología de jediteam.mx