Se aprueba la nueva norma de verificación que promete reducir la contaminación

Entrará en vigor en todos los estados de la Megalópolis a partir del 1 de julio, pero su implementación podría tardar hasta 60 días

POR: Excélsior el Mar, 07 de Junio de 2016, 11:52 am

El nuevo sistema de Diagnóstico a Bordo permitirá detectar fallas en la máquina del vehículo y prevenir que un auto que contamine mucho obtenga un holograma para circular todos los días. Foto: Archivo
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Por fin lo que tanto tiempo estuvimos esperando: las nuevas normas para verificar los vehículos que pertenecen a la Megalópolis ya fueron publicadas por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mismas que entrará en vigor el 1 de julio y tendrá una vigencia de seis meses.

 

La llamada Norma Oficial de Emergencia establece límites de emisión de contaminantes más estrictos para vehículos que circulen en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

 

La dependencia explicó que la NOM-EM-167-SEMARNAT-2016 se emitió debido a que en lo que va de 2016 se han presentado altas concentraciones de ozono en la zona metropolitana del Valle de México, que deterioran la calidad ambiental, lo cual afecta la salud de la población.

 

Se aplicará a todos los vehículos de más de 400 kilogramos, incluyendo a los que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como privado regulado por las leyes federales o locales en materia de autotransporte.

 

Esta norma entrará en vigor el 1 de julio de este año, con una vigencia de seis meses

 

También aplica para los Centros de Verificación y, en su caso, Unidades de Verificación Vehicular autorizados en esas entidades que integran la Megalópolis; además de las autoridades competentes en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

 

De esta norma se excluyen: motocicletas, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y de la minería.

 

Esta nueva norma tendrá un nuevo método de prueba principal para la certificación de emisiones de vehículos: El sistema de Diagnóstico a Bordo, misma que se utilizará a partir de los modelos 2006.

 

4 años podrán estar exentos de la verificación los modelos 2016 en adelante 

 

De esta forma, el procedimiento de verificación vehicular sólo confirmará las condiciones del vehículo mediante el uso de herramientas tecnológicas y no con base en una mera inspección visual o una medición de gases en el escape, que no permiten identificar los fallos en los componentes del motor que contribuyen al incremento en las emisiones contaminantes.

 

A los vehículos modelo 2006 y posteriores a gasolina o gas natural que no puedan realizar la prueba del Sistema de Diagnóstico a Bordo (SDB) por carecer de los conectores correspondientes o por no tener debidamente habilitados los monitores especificados en esta norma, se les podrá realizar de manera excepcional una prueba dinámica.

 

En tanto que el Método de Prueba Dinámica se aplicará a los vehículos automotores en circulación, año modelo 2005 y anterior, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos que usen un combustible diferente a diesel y que hayan sido identificados por su fabricante como operable en el dinamómetro.

 

Los vehículos modelo 2016 y posteriores, que utilicen gas natural o gasolina como combustible y cuenten con el sistema especificado en esta NOM, podrán quedar exentos de la verificación vehicular hasta por cuatro años a partir de su adquisición, con excepción de los que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como servicio privado regulado.

 

Las autoridades responsables de los PVVO deberán informar antes del 14 de julio de 2016 la fecha en la cual deberá estar operando el programa computacional de la Prueba del Sistema de Diagnóstico a Bordo y el software de la plataforma tecnológica; dicha fecha no podrá ser mayor a 60 días naturales a partir de la entrada en vigor de esta norma.

 

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