Te prohibirán cambiar claxon y modificar escapes de autos

POR: Excélsior el Jue, 02 de Junio de 2022, 08:34 pm

A los fanáticos de tocar el claxon a la menor oportunidad no les va a gustar, pero la CDMX regulará el ruido excesivo que producen los vehículos. / Foto ilustrativa: Cuartoscuro Archivo.
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Para evitar contaminación sonora en calles de la Ciudad de México, la Secretaría del Medio Ambiente local trabaja en un Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal en Materia de Prevención y Control de Ruido. 

 

Este reglamento evitará el uso excesivo de cláxones y bocinas, además de prohibir alterar o 'tunear' el claxon original de fábrica que traen los vehículos, así como el motor y los escapes para hacerlos más ruidosos. El uso de bocinas para amplificar la voz o el sonido también quedará prohibido. 

 

Además, indica que no deben de utilizarse aparatos generadores de ruido en un radio de cien metros de proximidad a un hospital, sanatorio o una escuela. 

 

Por lo que detallará las acciones y medidas que deberán implementar las fuentes móviles para reducir la emisión de ruido en las calles. 

 

Trabajamos en un reglamento para regular el ruido en fuentes móviles, en donde se contempla evitar el ruido excesivo de cláxones y se prohíba alterar el motor y los escapes de los coches. Será publicado en un lapso no mayor a 60 días. #BoletínSEDEMA https://t.co/OCIIg8FqXI

— Secretaría del Medio Ambiente (@SEDEMA_CDMX) June 2, 2022

¿Hay normas que regulan el ruido que producen los autos en México?

A los fanáticos de tocar el claxon a la menor oportunidad no les va a gustar, pero en México existen dos normas oficiales que regulan el ruido máximo permisible de los vehículos:

La NOM-079-ECOL-1994 y la NOM-080-ECOL-1994, la primera establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de vehículos automotores nuevos en planta y su método de medición. Mientras que la segunda señala los límites permisibles de emisión de ruido proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación y su método de medición.  

De acuerdo con la NOM-080-ECOL-1994 los fabricantes de vehículos deben alinearse a las siguientes especificaciones:

  • Para vehículos cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3 mil kilogramos el nivel máximo permisible será de 86 decibeles(A)
  • Para los vehículos cuyo peso bruto vehicular sea de más de 3 mil kilogramos y hasta de 10,000 kilogramos el nivel máximo permisible será de 92 decibeles (A)
  • Para los vehículos cuyo peso vehicular exceda de los 10 mil kilogramos el nivel máximo permisible será de 99 decibeles (A)

La Sedema prevé que el Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal en Materia de Prevención y Control de Ruido sea publicado en un lapso no mayor a 60 días. 

 

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