El recurso de estas empresas para librarse de las fotomultas en Monterrey

POR: Excélsior el Dom, 27 de Agosto de 2017, 06:16 pm

Los municipios que aplican las fotomultas violan el derecho de audiencia, determinó el Segundo Tribunal Colegiado.
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Las fotomultas siguen siendo un tema para discutir, pues muchos no están de acuerdo que no haya derecho de réplica.

 

Gracias a los amparos que consiguieron, dos empresas de transporte y una persona ya son inmunes a las fotomultas, en la zona metropolitana de Monterrey, Nuevo León.

 

De acuerdo con la edición de este viernes del Semanario Judicial de la Federación, la empresa Transportes Águila de Oro, S.A. de C.V. y Granportuaria Servicios Dedicados, S.A. de C.V., y el ciudadano Jesús Flores Chapa, fueron beneficiados por la decisión del Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Cuarto Circuito.

 

La publicación explicó que se concedió, por unanimidad, la suspensión de amparo porque los municipios que aplican las fotomultas violan el derecho de audiencia, al adjudicarlas de forma automática, y obligan al propietario del vehículo a pagar la infracción, aunque sea otra persona quien la provocó.

 

Procede conceder la suspensión en el amparo (porque la aplicación de fotomultas) no justifica el que se viole el derecho de audiencia previa y restringe los derechos de los particulares en relación con su patrimonio”, señaló el documento.

 

"De negarse la suspensión solicitada, se produciría una mayor afectación al interés colectivo, en términos del último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo, porque se trastocaría la regularidad de una actividad que impacta de manera directa la vida social y económica de la población”.

 

La suspensión de amparo se tramitó en contra de las infracciones aplicadas por los municipios de Monterrey, Guadalupe, Escobedo, San Nicolás, San Pedro, Santiago, Juárez y Santa Catarina, pero no menciona a García, donde también se aplican.

 

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Periódico ABC dio a conocer, en mayo de este año, que las empresas que aplican las fotomultas han sido cuestionadas y las infracciones, canceladas, en estados como Chihuahua, Sinaloa, Estado de México y San Luis Potosí.

 

Multas fantasmas, errores en los cobros, desvío de recursos para campañas políticas y opacidad en el manejo de los contratos, son algunas de las acusaciones que han recibido las empresas Inteltráfico y Autotraffic.

 

En Puebla, la justicia federal declaró a las fotomultas como inconstitucionales, luego de un amparo de revisión interpuesto en 2016.

 

El Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito declaró que dos artículos de la ley poblana son inconstitucionales, porque la sanción se impone al propietario del vehículo y no al conductor que viola el reglamento.

 

Con información del Periódico ABC.

 

 

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