Modificaciones a tu auto que pueden ser ilegales

POR: Redacción el Mar, 13 de Junio de 2023, 11:20 am

Conoce qué accesorios están prohibidos por el Reglamento de Tránsito
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Redacción | Colaborador

Amamos los autos por eso nos adentramos en su mundo.

No olvides a tu auto, el que te acompaña a donde sea. Cómprale algo que lo haga lucir increíble, pero asegúrate de que sea legal, pues los Reglamentos de Tránsito capitalino y federal prohíben que le coloques accesorios que sean peligrosos durante el manejo.

 

Por ejemplo, no puedes obsequiarle faros que emitan luz muy intensa, ni luces de neón, portaplacas, micas o láminas que obstruyan la visibilidad de las matrículas. De hacerlo pagarás $1,792 de multa, según los artículos 43 y 85 de los reglamentos de tránsito de la CDMX y de carreteras, respectivamente.

 

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Tampoco regales a tu coche mecanismos de tracción que dañen la cinta asfáltica, como llantas con clavos, cadenas o sistemas de orugas, si lo haces la  multa es de $1,792, según el artículo 73 del código vial capitalino o $2,689 en carretera como lo dicta el artículo 50.

 

 

Si le pones un claxon que produzca ruido excesivo o le haces modificaciones al sistema de escape para que haga más escándalo, tu multa será de $2,689 en la capital del país, según el artículo 43, y de $869 a $4,481, de acuerdo con los artículos 45 y 46, en caminos federales.

 

En la CDMX y en carretera, ponerle polarizado a los vidrios mayor de 20% amerita una sanción de $2,689.

 

Cuando se requiera lo anterior por razones médicas o bien está colocado de fábrica por alguna razón, esto debe ser acreditado, a través de una carta emitida por la institución de salud, doctor o por el fabricante del auto, ante la Secretaría de Movilidad, la cual señalará la especificación en la tarjeta de circulación.

 

 

Si decides adaptarle un sistema antirradares te costará $4,481 y tu coche dormirá en el corralón.

 

Tampoco puedes obsequiar a tu coche televisores o pantallas de proyección de cualquier tipo de video o sistemas de entretenimiento en la parte delantera del vehículo u objetos que representen un distractor para la conducción segura, ni tampoco parlantes o aparatos para la reproducción de música que produzcan ruido excesivo, pues de hacerlo serás multado con $2,689 según el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la CDMX.

 

Ya lo sabes, consiente a tu coche, pero no dudes que algunas modificaciones están prohibidas y son ilegales.

 

 

Que no le falten

 

Para que funcione. Debe tener el suficiente combustible en el tanque y aceite en el motor, de lo contrario serás multado con 896 pesos según el artículo 40 del código vial de la CDMX y de $1,792 de acuerdo con el artículo 82 del reglamento de tránsito federal.

 

Bien iluminado. Según el artículo 40 del código vial de la CDMX, debes pagar $896 si tu coche carece o tiene dañadas las luces de los cuartos delanteros y traseros, frenos, direccionales, intermitentes, reversa, de placas y los faros principales. Si esta infracción se comete en carretera la multa es de $2,241 de acuerdo con los artículos 26, 27, 29, 30 y 31.

 

En buen estado. Asegúrate de que las llantas de tu auto tengan la presión adecuada y el dibujo con la profundidad ideal para garantizar un buen desempeño y frenado, de lo contrario serás multado con $869 en la CDMX, según el artículo 40, o con $1,792 en carretera, de acuerdo con el artículo 50.

 

 

Buena visión. Si eres sorprendido en la CDMX circulando con un auto que tenga el parabrisas y ventanas con grietas o con estampillas que obstaculicen la visibilidad serás multado con $892 según el artículo 40, y si lo haces en carretera el artículo 48 establece una sanción de $2,689.

 

Alerta. Recuerda que el reglamento también exige que tu auto tenga ambas defensas, dos espejos retrovisores laterales y uno interior, si no lo tiene serás merecedor de una multa de 896 pesos que establece el artículo 40 del código vial de la capital del país o de 1,792 pesos según el artículo 47 del reglamento de tránsito federal.

 

Los sonidos. Tu automóvil debe estar equipado con una bocina que emita un sonido audible claramente desde una distancia de 60 metros en circunstancias normales, un dispositivo silenciador en el escape y los cinturones de seguridad para cada ocupante. En caso de no tenerlos serás multado en la CDMX con 896 pesos de acuerdo con el artículo 40 y con 2,241 pesos si es en carretera según los artículos 45, 46 y 84.

 

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Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista, mas no la ideología de jediteam.mx

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